El Día del Niño se celebra hoy en Bolivia al margen de los acostumbrados festejos momentáneos en medio de la aplicación de la Ley 214 que declara el 2012 como "Año de la No Violencia Contra la Niñez y Adolescencia en el Estado Plurinacional de Bolivia", tomando en cuenta que los infantes son la principal riqueza del país, al margen de los recursos naturales.
Como todos los años, hoy en el departamento y en el interior del país, se programan escenarios de agasajos pasajeros para conmemorar el Día del Niño Boliviano, sin embargo, en esta gestión se hace énfasis en la ejecución de esta norma que fue aprobada por el Órgano Ejecutivo del Gobierno el 28 de diciembre del 2011, con el objetivo de promover la lucha contra todo tipo de violencia ejercida sobre este sector vulnerable de la sociedad boliviana.
La Organización de Estados Americanos (OEA) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef, por sus siglas en inglés), el 12 de abril de 1952 redactaron la Declaración de Principios Universales del Niño, a consecuencia de la desigualdad y maltrato que sufrían los infantes en el mundo, en este contexto se acordó que cada país, miembro de estas instituciones internacionales consensue una fecha para festejar el día del niño, por tanto el Gobierno Nacional, durante la presidencia de Víctor Paz Estenssoro en 1955, instituyó como el Día del Niño Boliviano el 12 de Abril.
En todo el mundo y por ende en Bolivia, son millones los niños, niñas y adolescentes que son sometidos a extenuantes jornadas de trabajo, en otros casos son vendidos o intercambiados como mercancía, otros son violados, golpeados o prostituidos, sin embargo, para la sociedad estas aberraciones pasan inadvertidas.
Estas también son formas de violencia, que impiden el desarrollo como sociedad, en este sentido el Gobierno espera contar con resultados positivos al concluir esta gestión, poniendo en práctica lineamientos articuladores de esta norma, que en la actualidad son planificados por el comité impulsor para la ejecución de programas y proyectos de forma sostenida, en el marco de la Ley 214, instancia integrada por instituciones y organizaciones que trabajan en este tema.
Uno de los elementos fundamentales para la aplicación de esta norma, nacional se encuentra en el Artículo 2 de la Ley 214, que refiere: "Los Órganos Legislativo, Judicial, Electoral y Ejecutivo a través de los distintos Ministerios, los Gobiernos Autónomos Departamentales, los Gobiernos Autónomos Municipales, los Gobiernos Autónomos Indígena Originario Campesinos, organizaciones e instituciones afines a la temática, en el marco de sus competencias deberán priorizar y prever los recursos necesarios, quedando encargados de elaborar y ejecutar las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos necesarios para el cumplimiento de la presente Ley, así como realizar las actividades de concienciación correspondientes".
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